derecho al cuidado

Cuidar y que te cuiden: ¿Un nuevo Derecho Humano?

La agenda pública ha traído un tema que implica la participación ciudadana y la concientización de un derecho invisibilizado. Un derecho que todas y todos necesitamos para el correcto desarrollo humano de nuestras vidas y que en la mayoría de los casos ha sido atribuido como una tarea exclusiva de las mujeres: el derecho al cuidado.

Pero ¿qué es el derecho al cuidado? ¿cuál es la intención al atender este tema? ¿a quién beneficia? 

El Derecho al cuidado implica que las personas, en especial las niñas y niños, personas con discapacidad y las personas adultas mayores, puedan tener la oportunidad de recibir cuidados, tiempo y atenciones para atravesar la vida de manera adecuada y digna. A su vez, la intención de reconocer el citado derecho también va dirigida a aceptar que las personas que cuidan están realizando un trabajo, porque proporcionan su tiempo y esfuerzo que, en ocasiones, impide su propio bienestar y alteraciones en su plan de vida. 

Según estudios de la Organización Internacional del Trabajo, las mujeres dedican diariamente un promedio de 4 horas y 25 minutos al cuidado[1], por lo que se ven limitadas a ejercer su autocuidado, a desarrollarse de manera independiente y a disfrutar de su educación, formación y poder alcanzar trabajos productivos y remunerados. Las mujeres siempre trabajan y no se ve reflejado de manera económica, propiciando así la feminización de la pobreza.

Con el reconocimiento del cuidado como un derecho humano, se busca eliminar la creencia de que su ejercicio son tareas correspondientes a las mujeres y acepta la intervención del Estado como un agente para que, en su carácter de autoridad y fiscalizador, comience a realizar todas las gestiones públicas y normativas que garanticen un derecho con el que debe contar toda persona: a ser cuidada, a cuidar y al autocuidado.

Ahora bien, el derecho al cuidado no está consagrado expresamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero tomando como base el principio de interdependencia, podemos encontrarlo relacionado con otros derechos que sí se reconocen en ella. Por mencionar algunos, destacan: el derecho a la dignidad humana, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad entre hombres y mujeres, y de diversos derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho a la salud, a un medio ambiente sano, al trabajo y la protección de las personas trabajadoras.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos está trabajando en la elaboración de una opinión consultiva para establecer los estándares internacionales que permitan comprender o dimensionar el alcance de este derecho. Una vez reconocido como tal, no solamente podríamos reclamarlo por medio de los derechos previamente citados. Sino también pedir su cumplimiento por medio del artículo 1° Constitucional al realizar un control de convencionalidad[2] con el artículo 26[3] de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

¡Imagínate, existirá la posibilidad de solicitar el amparo y protección de la justicia federal para recibir cuidados!

Reconocer los cuidados como un derecho humano representa un avance significativo en el crecimiento de sociedades justas, equitativas e incluyentes. No sólo porque la carga de trabajo de las mujeres se verá disminuida, sino porque quienes requieren cuidados -mayormente niñas, niños, personas con discapacidad y personas adultas mayores- podrían tener bases normativas para que operadores de justicia les ayuden a tener acceso a ellos.


[1] OIT, “El trabajo de cuidados y los trabajadores del cuidado para un futuro con trabajo decente”, 2019, pág. 6, disponible en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—dcomm/—publ/documents/publication/wcms_737394.pdf

[2] Un control de convencionalidad es el estudio que realiza la persona impartidora de justicia para verificar que una norma es compatible con la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

[3] El artículo 26 de la CADH establece el “Desarrollo Progresivo” al que los Estados Parte de la Convención deben apegarse para atender las necesidades de su población.

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